Síntesis educativa · Fuentes revisadas 2026-10-21. Casos ficticios; no asesoría individual.
La tarea debe definirse antes de elegir el proveedor
Caso ficticio. Una dependencia desea organizar documentos públicos y producir una explicación en lenguaje claro para sus usuarios. Al presentar el proyecto, alguien propone ampliarlo para valorar pruebas y recomendar decisiones. Esa ampliación cambia el riesgo y la responsabilidad. La ficha inicial debe describir un producto concreto, sus usuarios, sus datos y la persona que revisará el resultado, en lugar de presentar toda función pública como una tarea automatizable.
Los instrumentos tienen ámbitos distintos. El Acuerdo PCSJA24-12243 fija reglas para la Rama Judicial; la Resolución FGN 0-0077/2026 se refiere a la Fiscalía; la Resolución PGN 254/2026 establece gobernanza institucional en la Procuraduría. No debe trasladarse una autorización de una entidad a otra como si existiera un permiso general. El CONPES 4144 es una política pública, no una habilitación para decidir expedientes con un chatbot.
Convertir los límites en condiciones observables
Propuesta editorial: separar tareas auxiliares de actuaciones que exigen competencia, juicio jurídico o valoración de prueba. Para la ficha ficticia, limitar el piloto a organizar documentos públicos y preparar explicaciones que una persona compruebe antes de difundir. Si se pretende modificar el alcance, regresar a la evaluación jurídica, funcional y técnica; no extender automáticamente los permisos porque la primera demostración haya sido rápida.
Documentar qué información puede entrar, dónde se procesa y quién puede acceder. La condición de servidor público no permite introducir información reservada en cualquier servicio. Un plan institucional debe resolver finalidad, fundamento jurídico, autorizaciones, protección de datos, conservación, incidentes y continuidad. Esas decisiones requieren responsables y evidencia; una declaración genérica de uso ético no las sustituye.
En la Rama Judicial, el artículo 8.3 del Acuerdo exige prescindir de IA para valoración probatoria y escrutinio de hechos, entre otros usos. En Fiscalía, los artículos 8 y 10 distinguen insumos verificados y decisiones automatizadas prohibidas. Aplicar correctamente esos textos exige leer su ámbito y sus reglas completas. La recomendación práctica es impedir que el piloto tome una actuación que el responsable no pueda revisar y justificar dentro de sus competencias.
Finalmente, preparar una explicación pública proporcional: para qué se usa el sistema, qué parte revisa una persona, cuáles son sus límites y cómo se solicita información. La transparencia debe coordinarse con la reserva, no utilizarse como excusa para publicar expedientes. Evaluar resultados y errores permite decidir si continuar, corregir o suspender. Un proyecto que reconoce una limitación a tiempo ofrece más evidencia de control que uno que promete exactitud sin mostrar pruebas.
Ficha de un piloto público ficticio
- Definir una tarea auxiliar con documentos públicos y una persona revisora.
- Identificar el instrumento institucional aplicable y los usos excluidos.
- Redactar una ficha de datos permitidos, revisión, explicación e incidentes.
Resultado: Una ficha de alcance con responsabilidades y condiciones para detener o ampliar el piloto.
Comprueba tu trabajo
- No se delegan competencias ni valoración probatoria.
- El ámbito de cada instrumento se mantiene diferenciado.
- La transparencia protege a la vez información pública y datos reservados.
